Proponen un “Monotributo Digital Autónomo” para formalizar a freelancers y trabajadores de plataformas

Last Updated: 12 de noviembre de 2025By

Se presentó un proyecto de ley en la Cámara de Diputados para crear un subrégimen especial dentro del Monotributo, buscando incorporar al sistema tributario y previsional a cientos de trabajadores que operan en plataformas digitales y como freelancers, reconociendo derechos fundamentales y exigiendo transparencia algorítmica a las empresas.

El avance de la economía digital y la creciente cantidad de argentinos que obtienen ingresos mediante plataformas o servicios remotos impulsó la presentación de un Proyecto de Ley que busca crear el concepto de Subrégimen de Trabajadores Digitales Autónomos. Esta iniciativa, que se incorporaría al Régimen Simplificado de Pequeños Contribuyentes (Monotributo), tiene como objetivo central promover la inclusión de este sector a la economía formal, garantizar la seguridad jurídica y previsional, y fomentar el desarrollo sostenible del trabajo autónomo digital en Argentina.

 

La necesidad de un marco legal específico

 

El proyecto surge como respuesta a la reconfiguración estructural del mundo laboral generada por las tecnologías digitales. Según los fundamentos de la ley, en Argentina el fenómeno del trabajo digital, que incluye a freelancers, creadores de contenido, desarrolladores, y prestadores de servicios en aplicaciones como Uber, Rappi, Pedidos Ya o Upwork, crece exponencialmente, pero gran parte de estos trabajadores se encuentra en una situación de informalidad y precarización laboral al no estar integrados plenamente al sistema de seguridad social ni al esquema tributario.

El documento destaca que, de acuerdo con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) en 2021, se registraron más de 163 millones de perfiles en plataformas digitales a nivel mundial. En el ámbito local, la OIT y otros estudios estiman que una parte significativa de los ocupados en Argentina obtiene ingresos a través de estas modalidades. El proyecto busca amparar a quienes ofertan sus servicios por internet y ofrecer un marco que contemple sus ingresos variables, la facturación internacional y el acceso a cobertura previsional y de salud.

 

¿Quiénes son considerados «trabajadores digitales autónomos»?

 

El proyecto define al trabajador digital autónomo como toda persona física que realiza actividades económicas a través de medios digitales y plataformas que brindan bienes intangibles o servicios digitales sin relación de dependencia, y que tenga residencia fiscal en la República Argentina.

El subrégimen propuesto abarca diversas tipologías de trabajo digital:

  • Plataformas digitales de intermediación: Actividades realizadas mediante aplicaciones que conectan oferentes y demandantes de servicios, como transporte, reparto, comercio electrónico o tareas bajo demanda (ej. Uber, Rappi).
  • Aplicaciones o entornos digitales propios: Cuando el trabajador ofrece sus servicios o productos digitales directamente a través de sitios web personales, redes sociales o tiendas virtuales, sin la intermediación de una empresa o plataforma.
  • Teletrabajo y trabajo remoto digital independiente: Actividades digitales realizadas a distancia sin relación laboral formal, conforme a la Ley N° 27.555.
  • Creación de contenidos y servicios digitales independientes: Incluye producción audiovisual, diseño, docencia virtual, desarrollo de software, marketing digital o creación de contenido en redes sociales o plataformas de streaming.
  • Exportación de servicios digitales: Prestación de servicios o desarrollo tecnológico para clientes extranjeros, bajo modalidad autónoma, con residencia fiscal en Argentina.

 

Implicancias fiscales y derechos garantizados

 

La iniciativa propone la inscripción de estos trabajadores en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes (Monotributo) bajo el subrégimen especial denominado «Monotributo Digital Autónomo». Los inscriptos deberán emitir factura electrónica con su CUIT y realizar los aportes previsionales correspondientes a su categoría. Una característica importante es que este subrégimen será compatible con otras actividades económicas o ingresos adicionales, siempre que no configuren una relación laboral de dependencia.

Además del marco fiscal, el proyecto de ley garantiza una serie de derechos fundamentales para los trabajadores digitales autónomos, a pesar de su condición de independientes:

  • Autonomía en la organización de horarios.
  • Libertad para prestar servicios a múltiples plataformas o clientes.
  • Acceso a cobertura previsional y de salud.

 

Transparencia Algorítmica, un aspecto clave

 

Un punto innovador y crucial del proyecto es la introducción de la Transparencia Algorítmica. Las plataformas digitales deberán garantizar información transparente y clara sobre diversos criterios que afectan la actividad de los trabajadores, incluyendo:

  • Criterios de asignación de tareas.
  • Términos de servicio.
  • Criterios de remuneración.
  • Algoritmos de evaluación.
  • Condiciones de baja o suspensión de cuentas.

Esta exigencia refleja la adaptación a tendencias internacionales, ya que países como España, con su Ley Rider, y Chile, con la Ley N° 21.431, ya han regulado aspectos del trabajo de plataformas, incluyendo la transparencia en los algoritmos.

 

Perspectivas a futuro

 

La creación de este régimen busca lograr la formalización progresiva de trabajadores, dándoles acceso al sistema tributario, previsional, crédito y obra social. Se considera una herramienta «moderna, federal y ética» para consolidar la economía digital en el país. El proyecto prevé que, una vez promulgado, el Poder Ejecutivo lo reglamente dentro de los sesenta (60) días.

La iniciativa de la diputada Lourdes Micaela Arrieta constituye un paso significativo para adecuar la legislación argentina a las nuevas realidades del empleo, sumándose a otras propuestas que buscan regular el trabajo en plataformas y freelance en el Congreso.