Aprobaron la denominación de calles para el barrio Habitar MH en Monte Hermoso
El Honorable Concejo Deliberante sancionó por unanimidad la ordenanza que organiza las arterias del nuevo sector urbano. Se establecieron nombres numéricos de forma inicial para facilitar la identificación domiciliaria y la llegada de servicios a las familias adjudicatarias.
Con el objetivo de mejorar la organización urbana y facilitar el ordenamiento territorial, el Honorable Concejo Deliberante (HCD) de Monte Hermoso aprobó por unanimidad la ordenanza N° 3.443/25. Esta normativa establece la denominación oficial de las calles correspondientes al sector identificado como “Programa Habitar MH”, un paso fundamental para la consolidación del barrio.
La medida dispone la designación de seis calles internas, ubicadas entre la parcela 17 AD (Circunscripción II) al sur, la calle Tucumán al este y la calle Las Ballenas al oeste. Para brindar una solución rápida y efectiva, estas arterias serán denominadas de sur a norte de manera numérica, como calles 1, 2, 3, 4, 5 y 6, con numeración ascendente de este a oeste.
Asimismo, la ordenanza detalla que las calles perpendiculares mantendrán la continuidad de los nombres ya existentes en el ejido urbano. De esta manera, las arterias transversales seguirán llamándose Tucumán, Salta, Chubut, Córdoba y Las Ballenas, con una numeración ascendente trazada de sur a norte.
El presidente del HCD, Cristian Elzaurdia, destacó la importancia de esta sanción para la vida diaria de los vecinos. «Esta ordenanza es una respuesta directa a la necesidad de contar con una identificación clara para sus hogares. Es un primer ordenamiento necesario para que los servicios y la logística lleguen sin problemas al barrio», explicó.
Elzaurdia también aclaró que la elección de una nomenclatura numérica corresponde a una etapa inicial. «Optamos por esto para dar una solución inmediata, pero más adelante trabajaremos en la designación e imposición de nombres definitivos que representen la identidad del sector», señaló. En ese sentido, recordó que la normativa vigente exige que, para imponer el nombre de una persona a una calle, debe haber transcurrido un mínimo de 10 años desde su fallecimiento.
Finalmente, la ordenanza instruye a la Municipalidad de Monte Hermoso a ejecutar la colocación de la cartelería identificatoria correspondiente. Cabe recordar que el Programa Habitar MH fue creado en 2025 para facilitar el acceso a lotes con servicios destinados a vivienda única. Hasta el momento, el municipio ya adjudicó 104 terrenos en dos etapas, y seis familias ya se encuentran habitando sus nuevos hogares en el sector.

