Acuerdo salarial: El gremio de espectáculos públicos cerró la paritaria para boliches y discotecas con una suba del 14%

El Sindicato Único de Trabajadores del Espectáculo Público (SUTEP) y la Federación de Entidades de Discotecas (FEDRA) definieron el nuevo esquema de haberes básicos para el cuatrimestre de mayo-agosto de 2026. Las partes pautaron un incremento escalonado y de carácter acumulativo, fijando una nueva instancia de revisión integral para septiembre.

El Sindicato Único de Trabajadores del Espectáculo Público, Privado, Diversión, Ocio, Juego, Cultura, Esparcimiento, Entretenimiento y Afines de la República Argentina (SUTEP) formalizó la firma de un nuevo acuerdo salarial con la Federación de Entidades de Discotecas de la República Argentina (FEDRA). El entendimiento paritario da inicio formal al período de negociaciones colectivas 2026/2027 y establece las nuevas escalas de salarios básicos de aplicación obligatoria en todo el territorio nacional.

El convenio técnico sectorial alcanza a la totalidad del personal encuadrado bajo el Convenio Colectivo de Trabajo (CCT) N° 798/22. De acuerdo con lo pactado por los representantes gremiales y los apoderados de las cámaras empresariales de las discotecas, las nuevas remuneraciones regirán de manera específica durante el bloque de meses compuesto por mayo, junio, julio y agosto de 2026.

Esquema de incrementos acumulativos

Las delegaciones paritarias validaron un incremento salarial consolidado del catorce por ciento (14%), el cual se aplicará bajo una modalidad de liquidación escalonada, acumulativa y con carácter enteramente remunerativo. La distribución técnica del porcentaje de suba se estructurará de la siguiente forma en las liquidaciones mensuales:

  • Mayo de 2026: Un ajuste del cuatro por ciento (4%) calculado en forma directa sobre los haberes conformados y vigentes al mes de abril de 2026.

  • Junio de 2026: Un incremento del cuatro por ciento (4%) que tomará como base de cálculo los salarios vigentes del mes de mayo de 2026.

  • Julio de 2026: Una suba del tres por ciento (3%) aplicada sobre los salarios conformados del mes de junio de 2026.

  • Agosto de 2026: Un último tramo de ajuste del tres por ciento (3%) calculado sobre los haberes vigentes de julio de 2026

 

El acta paritaria estipula que, para aquellos trabajadores que cumplan funciones bajo regímenes de contratación de tareas discontinuas, contratos a tiempo parcial o modalidad jornalizada, el incremento resultante se aplicará de forma estrictamente proporcional a la carga horaria de la jornada laboral efectivamente cumplida.

Contribución solidaria y cláusula de revisión

El documento refrendado por las autoridades del trabajo fija el mantenimiento de una contribución solidaria mensual del dos por ciento (2%). Dicho porcentaje será retenido a cada trabajador convencionado que no se encuentre formalmente afiliado a la organización sindical, aplicándose sobre los salarios sujetos a aportes jubilatorios ordinarios y con destino específico a los programas de capacitación, formación técnica y entrenamiento laboral que dicta el sindicato. El descuento tendrá vigencia estricta durante el plazo temporal del presente acuerdo

Finalmente, las conducciones de SUTEP y FEDRA establecieron una cláusula de monitoreo de las variables sectoriales. Ambas partes fijaron el compromiso de retomar las reuniones presenciales a partir del mes de septiembre de 2026 con la finalidad de analizar los índices de incidencia macroeconómica que afecten de manera directa el poder de compra de los salarios y, consecuentemente, dar continuidad al debate paritarias por el tramo posterior del año. Cualquiera de los firmantes quedó plenamente facultado para promover la homologación administrativa del acuerdo ante la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social del Ministerio de Capital Humano de la Nación.