Condenan a 27 años de prisión a un hombre por abusar de su hija y de su sobrina

El Tribunal en lo Criminal N.° 2 dictó la pena de prisión efectiva tras la investigación llevada adelante por la fiscalía de delitos sexuales. Se consideró la extensión del daño, el contagio de una enfermedad de transmisión sexual a la menor y el marco de violencia de género.

El Tribunal en lo Criminal N.° 2 de Bahía Blanca dictó una severa sentencia condenatoria imponiendo la pena de 27 años de prisión de efectivo cumplimiento a un hombre al hallarlo culpable de cometer reiterados y graves abusos sexuales en perjuicio de su hija y de su sobrina, ambas menores de edad al momento de los hechos.

La causa fue impulsada y sustentada por la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio (UFIJ) N.º 3, bajo la titularidad de la fiscal Agustina Olguín. Conforme a las pruebas reunidas a lo largo de la investigación, se logró acreditar de manera fehaciente que los ataques contra su propia hija se extendieron de forma continuada entre el año 2021 y los primeros meses de 2025. Durante ese período, cuando la víctima tenía apenas entre 7 y 10 años de edad, el condenado aprovechaba los momentos en los que la niña quedaba de manera exclusiva a su cuidado para someterla a diversas situaciones de sometimiento sexual, ejecutando maniobras para taparle la boca e impedir que pudiera llorar o pedir auxilio.

Asimismo, el expediente judicial incluyó otro grave episodio ocurrido en el mes de febrero de 2024. En esa oportunidad, el acusado se encontraba a solas con su sobrina de 4 años de edad, circunstancia que utilizó para besar a la pequeña en la boca, vulnerando de igual forma su integridad sexual.

Durante el desarrollo del debate, el tribunal —integrado por las juezas Claudia Cecilia Fortunatti y María Mercedes Rico, junto al juez Eugenio Casas— rechazó categóricamente los planteos formulados por la defensa técnica del imputado. Los defensores pretendían articular supuestas violaciones al principio de congruencia y al derecho de defensa tras la incorporación del contexto de violencia de género y del contagio de una enfermedad de transmisión sexual a la hija del acusado como hechos nuevos. Los magistrados desestimaron dichos argumentos de nulidad y confirmaron de forma unánime la extrema gravedad de las conductas juzgadas.

A la hora de graduar el monto de la pena de 27 años de cárcel, los jueces ponderaron una serie de agravantes expuestas de manera contundente por la fiscalía. En el fallo se remarcó el marco general de violencia de género en el que se perpetraron los abusos, el abuso deliberado del vínculo familiar y de la condición de guarda, la severa asimetría dada por la corta edad de las dos víctimas y la marcada superioridad tanto física como psíquica que el agresor ejercía para doblegar la voluntad de las niñas.

De igual modo, el tribunal otorgó un peso determinante a la extensión del daño provocado en las víctimas. En relación con su hija, los ataques provocaron el contagio de una enfermedad de transmisión sexual que derivó en graves complicaciones de salud, requiriendo intervenciones quirúrgicas, internaciones médicas e inevitablemente la interrupción de su ciclo escolar. En lo respectivo a su sobrina, la pericia acreditó secuelas psicológicas con severas alteraciones del comportamiento y la necesidad imperiosa de someterse a tratamiento terapéutico.

Finalmente, el fallo ponderó el estado de extrema vulnerabilidad de la hija del condenado, quien carecía de otra figura paterna de referencia y presentaba dificultades cognitivas que redujeron significativamente sus posibilidades de defensa o de pedir ayuda a terceros. Por todo ello, el tribunal dispuso la condena a prisión efectiva con las accesorias legales y las costas del proceso.