¡Alerta Gremial! DNU Oculto Limita el Derecho a Huelga y Amplía Servicios Esenciales

Last Updated: 22 de mayo de 2025By

Un nuevo Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU), el 340, ha encendido las alarmas en el ámbito laboral. Aparentemente enfocado en la desregulación de la marina mercante, el DNU esconde una reforma laboral aún más restrictiva que la contenida en el frustrado DNU 70, al ampliar significativamente las actividades consideradas como «servicios esenciales», limitando así el derecho a huelga de los trabajadores. La medida ya genera fuerte rechazo en los gremios.

El gobierno nacional ha vuelto a utilizar la herramienta del Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) para introducir modificaciones sustanciales en el marco normativo laboral, generando una fuerte controversia y preocupación en los sindicatos y organizaciones de trabajadores. El reciente DNU 340, que en una primera lectura parece centrarse en la desregulación de la marina mercante, contiene en su artículo número 3 una reforma laboral con alcances aún más profundos que la controvertida propuesta del DNU 70, que había sido frenada en el fuero laboral.

La clave de esta nueva reforma reside en la modificación del artículo 24 de la Ley N° 25.877, que regula los conflictos colectivos de trabajo. Esta modificación amplía de manera drástica el listado de «actividades consideradas esenciales», es decir, aquellas que deben garantizar una prestación mínima de servicios incluso en caso de huelga. La medida es vista por los gremios como un intento de desmovilización y de limitar la capacidad de protesta de los trabajadores.

Entre los servicios que ahora se incluyen en esta categoría ampliada, y que, por lo tanto, deberán mantener un funcionamiento mínimo en caso de paro, se encuentran:

  • «Los servicios sanitarios, hospitalarios, transporte, distribución de medicamentos e insumos hospitalarios y los servicios farmacéuticos». Esto abarca una vasta porción del sistema de salud, desde la atención directa hasta la logística de insumos.
  • «La producción, transporte, distribución y comercialización de agua potable, gas, otros combustibles y energía eléctrica». Un sector vital para la vida cotidiana y la actividad económica del país.
  • «Los servicios de telecomunicaciones». Incluyendo comunicaciones esenciales que hoy atraviesan casi todos los aspectos de la sociedad.
  • «La aeronáutica comercial, el control de tráfico aéreo y portuario». Áreas que impactan directamente en el comercio exterior y la conectividad.
  • «Los servicios aduaneros y migratorios, y demás vinculados al comercio exterior». Cruciales para el funcionamiento del comercio internacional.
  • «El cuidado de menores y educación de niveles guardería, preescolar, primario y secundario, así como la educación especial». Una incorporación que podría afectar directamente a los docentes y trabajadores de la educación.
  • «El transporte marítimo y fluvial de personas y/o mercaderías y/o carga, servicios conexos y operaciones costa afuera». Ámbito que justifica el «en apariencia» del DNU, pero que es solo la puerta de entrada a la reforma laboral más amplia.

La inclusión de estos servicios en la categoría de «esenciales» implica que, frente a un conflicto laboral que derive en una medida de fuerza, una parte de la plantilla deberá seguir trabajando para asegurar un nivel mínimo de actividad. Esto reduce considerablemente la efectividad de una huelga como herramienta de presión, lo que ha generado un inmediato y contundente rechazo de las centrales obreras.

Desde CRONICAPOLITICA y La Nación, se anticipa que este nuevo DNU será objeto de un profundo análisis legal y, probablemente, de nuevas presentaciones judiciales por parte de los sindicatos, que ven en esta medida un claro avance sobre derechos laborales fundamentales garantizados por la Constitución Nacional y convenios internacionales. La tensión entre el gobierno y los gremios se profundiza con esta nueva embestida en materia de reforma laboral.

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