AEFIP y SUPARA Denuncian «Ataque» a la Libertad Sindical por Parte de SARHA
Las organizaciones gremiales AEFIP (Aduaneros) y SUPARA (Personal de la Actividad del Radiodifusor Argentino) emitieron un comunicado conjunto expresando su profundo rechazo a la reciente implementación, por parte de la empresa estatal SARHA, de un canal digital para que los trabajadores gestionen su afiliación o desafiliación sindical de manera remota. Los sindicatos consideran esta herramienta como una «intromisión ilegítima» que vulnera la autonomía sindical y constituye un acto de injerencia patronal prohibido por las leyes laborales argentinas y tratados internacionales.
En vísperas del Día del Trabajador, las asociaciones gremiales AEFIP y SUPARA alzaron su voz enérgicamente contra la reciente implementación de un sistema digital por parte de la empresa SARHA (aparentemente, un sistema automatizado de recaudación y gestión de haberes) para la gestión de la afiliación y desafiliación sindical de los trabajadores. A través de un comunicado fechado en Buenos Aires el 30 de abril de 2025, ambas organizaciones manifestaron su «profundo rechazo» a esta herramienta.
Según los gremios, esta implementación, descrita como un canal digital «ágil y transparente», representa una «intromisión ilegítima en la vida interna de los sindicatos», vulnerando su autonomía y constituyendo un acto de injerencia patronal que contraviene las leyes laborales argentinas y los tratados internacionales ratificados por el país.
AEFIP y SUPARA argumentan que la afiliación sindical es un derecho personal y voluntario del trabajador, que debe ejercerse directamente con la organización sindical. En este sentido, consideran que el empleador no tiene competencia legal para administrar o procesar decisiones de afiliación o desafiliación, siendo el único rol del sindicato notificar formalmente estas gestiones.
El comunicado también hace referencia a la protección de la libertad sindical establecida en la Constitución Nacional (art. 14 bis), la Ley de Asociaciones Sindicales N° 23.551 y los Convenios 87 y 98 de la OIT, que prohíben cualquier interferencia por parte del empleador en la organización y afiliación de los trabajadores. Además, advierten sobre el tratamiento de datos personales sensibles, cuya pertenencia a una organización sindical está protegida por la Ley 25.326, exigiendo el consentimiento informado y limitando su uso estrictamente a quien tenga competencia legítima.
Los sindicatos critican el «novedoso mecanismo de afiliación y desafiliación» implementado por SARHA, que prevé la innovadora funcionalidad del sistema y el «cálculo automático del porcentaje recuperado» en caso de desafiliación, configurando una «práctica desleal, antisindical e ilegal».
Por todo lo expuesto, AEFIP y SUPARA exigen la inmediata suspensión de este canal digital, bajo apercibimiento de efectuar las denuncias legales correspondientes ante la Dirección Nacional de Asociaciones Sindicales (DNAS) e iniciar las acciones judiciales pertinentes.
Finalmente, convocan a los trabajadores a no dejarse confundir, reafirmando que la libertad sindical no es un trámite digital, sino una conquista colectiva que garantiza derechos laborales, necesarias condiciones de trabajo y la dignidad como clase trabajadora. Advierten sobre la «desafortunada similitud a épocas nefastas y oscuras de la Argentina» cuando el proceso militar intentó atacar las estructuras sindicales, propiciando la desafiliación de sus trabajadores y despojándolos de todos sus derechos y libertades.
El comunicado concluye reafirmando el compromiso de ambas organizaciones en la defensa de los derechos de los trabajadores.


