Condenan a 8 años de prisión a un hombre por abusar de la hija de su pareja en Punta Alta
El Tribunal en lo Criminal N.º 2 dictó la sentencia tras un juicio abreviado por hechos ocurridos entre 2019 y 2020. El imputado sometía a la víctima, de entre 7 y 8 años, bajo amenazas de muerte hacia su madre.
En el marco de un juicio abreviado, el Tribunal en lo Criminal N.º 2 condenó a un hombre a la pena de 8 años de prisión tras hallarlo culpable de abusar sexualmente de la hija de quien fuera su pareja en la localidad de Punta Alta. La investigación, llevada adelante por la UFIJ N° 14 bajo la dirección del fiscal Marcelo Romero Jardín, logró acreditar la sistematicidad de los ataques sufridos por la menor.
Relato de los hechos y modus operandi
De acuerdo con las pruebas recolectadas en la causa, los abusos se produjeron de manera reiterada entre los años 2019 y 2020. El condenado aprovechaba los momentos en que la madre de la niña se ausentaba por diversas circunstancias para someter a la pequeña, quien en ese entonces tenía apenas 7 y 8 años de edad.
Los ataques no solo se limitaron a la vivienda que compartían en Punta Alta; la investigación determinó que los hechos también tuvieron lugar sobre la motocicleta del imputado y en el interior de un automóvil durante un viaje a la ciudad de Mar del Plata.
Para garantizar el silencio de la víctima, el hombre utilizaba amenazas de extrema gravedad: le refería de forma constante que, si contaba lo sucedido o no accedía a sus requerimientos, mataría a su madre.
Denuncia y condena
El calvario de la menor salió a la luz en septiembre de 2022, cuando la niña logró procesar lo vivido y relató los hechos a su progenitora. Tras la denuncia inmediata, la justicia inició el proceso que culminó este 30 de abril con la sentencia firme.
El imputado fue condenado como autor penalmente responsable de los siguientes delitos:
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Abuso sexual gravemente ultrajante en concurso real con abuso sexual con acceso carnal.
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Ambos delitos con carácter de reiterados.
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Agravados por el aprovechamiento de la situación de convivencia preexistente con una menor de 18 años

