El Gobierno homologó el nuevo acuerdo salarial para trabajadores rurales: cómo quedan las escalas
La Direccion Nacional de Relaciones y Regulaciones del Trabajo oficializo la homologacion del nuevo acuerdo paritario alcanzado en el ambito de la Comision Nacional de Trabajo Agrario (CNTA), el cual establece las remuneraciones minimas para el personal que se desempena en las distintas actividades agrarias a lo largo de todo el territorio nacional . Este entendimiento fue suscripto por la Union Argentina de Trabajadores Rurales y Estibadores (UATRE), en representacion de la parte gremial, y por las entidades representativas de los empleadores, integrado por la Sociedad Rural Argentina (SRA), Confederaciones Rurales Argentinas (CRA), CONINAGRO, la Confederacion Argentina de la Mediana Empresa (CAME) y la Federacion Agraria Argentina (FAA)
Alcance y ramas de actividad comprendidas en la normativa
El marco normativo homologado posee un caracter federal y abarca de forma directa a multiples ramas productivas y oficios dentro del sector agropecuario, detallando pautas especificas segun la region geografica y la especializacion de las tareas ejecutadas. Entre los colectivos alcanzados se encuentran:
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Personal permanente de prestacion continua comprendido en el regimen agrario general
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Personal afectado a la actividad de criaderos porcinos de manera exclusiva.
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Personal que se desempena en el sector olivicola en sus distintas etapas productivas .
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Conductores tractoristas, maquinistas de equipos de recoleccion, cosechadoras y maquinaria agricola autopropulsada
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Operarios especializados en la aplicacion de productos fitosanitarios .
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Personal afectado a la produccion y procesamiento de la actividad del canamo a nivel nacional
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Trabajadores especializados en tareas de riego presurizado, con especificaciones para las provincias de Catamarca y La Rioja
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Personal contratado especificamente para la realizacion de tareas de alambrado y reparaciones rurales en las jurisdicciones provinciales de Chubut y Santa Cruz .
Escalas salariales y remuneraciones minimas vigentes
El acuerdo paritario establece un esquema detallado de montos remunerativos y no remunerativos que varian segun los meses estipulados, operando como una actualizacion de los ingresos minimos de los trabajadores del sector agrario .
Categoria testigo: Peon General
Para el personal permanente de prestacion continua que cumple funciones como Peon General (contemplando el regimen general sin vivienda, sin comida y sin el Sueldo Anual Complementario), los valores de bolsillo y adicionales fijos establecidos son los siguientes:
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Septiembre de 2026: Se fijo un sueldo mensual basico de $1.203.186,58, el cual se complementa con una suma adicional de caracter no remunerativo de $13.185 .
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Octubre de 2026 en adelante: El salario mensual basico se elevara a $1.235.833,53, incorporando de manera simultanea una asignacion no remunerativa de $12.465, montos que regiran formalmente hasta la finalizacion del plazo estipulado en julio de 2027 .
Conductores tractoristas y maquinistas de cosechadoras
Las tareas de conduccion y operacion de maquinaria pesada y de recoleccion registran escalas diferenciadas dada la especializacion tecnica requerida para su desempeno:
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Septiembre de 2026: Los conductores tractoristas y maquinistas de equipos de recoleccion y cosecha percibiran un sueldo basico mensual de $1.842.414,58, complementado con una suma no remunerativa de $20.189,92
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Octubre de 2026: Los haberes basicos de este segmento ascenderan a $1.892.406,17, junto con un monto no remunerativo de $19.087,40.
Disposiciones complementarias y cuota de solidaridad gremial
Ademas de las escalas de sueldos minimos, el texto de la resolucion dictada por la cartera laboral establece una serie de obligaciones y pautas de cumplimiento obligatorio para los empleadores del sector agrario:
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Cuota de solidaridad: Se establece formalmente una retencion en concepto de cuota de solidaridad gremial equivalente al 2% mensual calculada sobre las remuneraciones basicas de los trabajadores .
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Obligacion del empleador: Esta retencion recae exclusivamente sobre aquellos trabajadores comprendidos en el ambito del convenio que no se encuentren afiliados a la entidad sindical UATRE . Los empleadores fungen como agentes de retencion obligatorios y deben depositar dichos importes directamente en la cuenta bancaria especial que el sindicato posee a tal efecto en el Banco de la Nacion Argentina.
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Clausula de revision: Las partes firmantes del acuerdo convinieron la reapertura automatica de las instancias de negociacion paritaria cuando cualquiera de los sectores lo requiera formalmente, con el objetivo de evaluar el impacto de las variables macroeconomicas y la evolucion de los indices inflacionarios sobre el poder adquisitivo de los salarios agrarios

