Crece la morosidad y se multiplican las denuncias por acoso telefónico

Casi 5,3 millones de personas registran atrasos superiores a noventa días en un contexto de endeudamiento récord

El deterioro del poder adquisitivo y la creciente dependencia del crédito para financiar consumos básicos han derivado en una crisis de endeudamiento que afecta a millones de hogares en Argentina. En este escenario, la imposibilidad de afrontar los compromisos financieros no solo dejó a más de siete millones de ciudadanos fuera del sistema crediticio, sino que también desató una ola de denuncias por hostigamiento telefónico y cobros abusivos contra deudores y personas ajenas a las obligaciones financieras.

Un testimonio presentado en el programa Mejor que mañana, conducido por Tomás Méndez en Radio 750, expuso la metodología empleada por diversos estudios de cobranza. María, una de las afectadas, relató que padece llamados insistentes por deudas atribuidas a su expareja, de quien se encuentra separada desde hace dos décadas. Según explicó, recibe un promedio de diez comunicaciones diarias por parte de firmas que gestionan cobros para empresas como Frávega y Tarjeta Naranja, a pesar de haber aclarado en reiteradas oportunidades que no mantiene vínculo con el titular de la cuenta.

La situación incluye además amenazas dirigidas al entorno familiar de los involucrados. De acuerdo con el relato de la entrevistada, las agencias llegaron a comunicarse con familiares directos bajo la advertencia de ejecutar embargos sobre bienes de personas no vinculadas legalmente a la deuda. Estas maniobras combinan operadoras humanas con sistemas automáticos que emiten grabaciones intimidatorias de forma incesante.

Indicadores de morosidad y cifras del sector financiero

La problemática se enmarca en un contexto de incremento generalizado de la mora registrado tanto por organismos oficiales como por consultoras privadas. Informes del Banco Central de la República Argentina (BCRA) correspondientes al período mayo-julio de 2026 reflejan que la morosidad en los créditos destinados a las familias alcanzó el 12,8% en mayo y se posicionó en un 12,7% en junio, cifra que triplica el 4,5% registrado en el mismo período del año anterior.

Al analizar el desagregado por tipo de financiamiento, los préstamos personales lideran los niveles de incumplimiento con un 13,2%, seguidos por las tarjetas de crédito con el 13,1%, los préstamos prendarios con un 7,7% y los créditos hipotecarios con un 1,6%. En paralelo, el BCRA indicó que la masa salarial formal destinada mensualmente al pago de servicios de deuda llegó al 24,1% en abril de 2026, mientras que la morosidad en el sector empresarial se mantuvo en un nivel inferior, alcanzando el 3,5% en mayo.

Por su parte, mediciones independientes aportan una perspectiva más amplia sobre el sector no bancario. Un informe elaborado conjuntamente por la Universidad Austral y la Consultora EcoGo indicó que la morosidad consolidada de personas físicas ascendió al 17,5% del crédito total al cierre del primer semestre de 2026. El estudio detalló que, sobre un universo de 20,4 millones de personas con crédito activo, aproximadamente 5,3 millones presentan atrasos superiores a los noventa días.

La brecha resulta especialmente marcada al comparar la banca tradicional con los Proveedores No Financieros de Crédito. Las plataformas fintech, comercios y entidades no bancarias registraron un índice de mora del 31,0% por monto, en contraste con el 15,2% informado por las instituciones bancarias tradicionales. Asimismo, relevamientos del Centro de Estudios para la Ciudad y la organización Chequeado señalan que el 35% de los deudores en mora acumula atrasos superiores a un año, afectando de manera particular a los jóvenes menores de 25 años, donde cuatro de cada diez presentan irregularidades en sus pagos.

Marco legal y herramientas de protección al consumidor

El empleo de métodos intimidatorios o la persecución telefónica a familiares, allegados y empleadores se encuentra expresamente prohibido por la normativa vigente en el país. El artículo 8° bis de la Ley de Defensa del Consumidor N° 24.240 establece la obligación de otorgar un trato digno y equitativo a los usuarios, vedando prácticas que coloquen a los ciudadanos en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.

Asimismo, la Ley de Protección de Datos Personales N° 25.326 contempla el principio de finalidad, el cual impide el uso de agendas de contactos o datos transaccionales para fines no autorizados explícitamente por los titulares.

Frente a la recepción de reclamos por deudas ajenas o maniobras de acoso, los ciudadanos cuentan con vías formales para exigir el cese de estas conductas. Entre las alternativas disponibles se encuentra la radicación de denuncias ante la Ventanilla Única Federal de Defensa del Consumidor, así como la presentación de reclamos ante la Agencia de Acceso a la Información Pública por uso indebido de datos personales, solicitando la eliminación inmediata del número telefónico de las bases de datos de las agencias de cobranza.