Condena Histórica en Bahía Blanca: 14 Años de Prisión para Ángela Leguizamo por Homicidio con Dolo Eventual
El Tribunal en lo Criminal N° 3 dictó la pena más alta registrada en la ciudad por un incidente vial con resultado de muerte. Ángela Leguizamo fue condenada a 14 años de prisión e inhabilitación por 10 años para conducir, al ser encontrada penalmente responsable del delito de homicidio simple con dolo eventual por la muerte de la motociclista Sandra Amalia Romero. La sentencia marca un precedente clave al reconocer la conducción temeraria bajo los efectos de drogas como un acto de violencia dolosa y no como un mero accidente de tránsito.
Una Conducción Temeraria y Fatal: La Reconstrucción del Hecho
El trágico suceso que culminó con la condena ocurrió el 9 de marzo de 2024 en un punto neurálgico de Bahía Blanca: la intersección de la Avenida Colón y la Peatonal Drago. La víctima, Sandra Amalia Romero, una motociclista de 59 años, se dirigía a su trabajo. Paradójicamente, había modificado su horario de ingreso los sábados, demorándolo una hora, por el temor a sufrir un accidente en medio del tráfico de salida de los boliches.
Ese día, la imputada, Ángela Leguizamo, conducía su camioneta Nissan Frontier en sentido descendente por Avenida Colón. Las pericias y la investigación de la UFIJ Nº 1, a cargo del fiscal Cristian Aguilar, revelaron un cuadro de extrema imprudencia que se tradujo en una calificación penal de suma gravedad.
La imputada, de 35 años, manejaba:
- Bajo los efectos del consumo de cocaína y anfetaminas.
- Con exceso de velocidad, alcanzando un promedio de 126 kilómetros por hora en una zona urbana donde la máxima permitida es de 30 kilómetros por hora.
- Violando las señales de tránsito, incluyendo el cruce con luz roja del semáforo en la intersección con la Peatonal Drago.
En esas circunstancias, Leguizamo embistió por detrás a la motocicleta Gilera Smash que conducía Romero, provocando su muerte inmediata debido a las lesiones sufridas.
El Dolo Eventual: El Quiebre en la Jurisprudencia Local
La condena a 14 años de prisión por homicidio simple con dolo eventual es el elemento que distingue este fallo y sienta un precedente fundamental en Bahía Blanca. Tradicionalmente, este tipo de hechos era encuadrado bajo la figura de homicidio culposo agravado, que implica negligencia o imprudencia, pero no la intención directa de matar (dolo).
El concepto de dolo eventual (art. 55 del Código Penal) implica que el conductor, si bien no buscaba el resultado fatal, se representó como posible el riesgo de matar a alguien debido a su accionar temerario (conducir a más de cuatro veces la velocidad permitida, bajo los efectos de estupefacientes y cruzando semáforos en rojo) y, a pesar de ello, continuó con su conducta, aceptando esa posibilidad.
El fiscal Cristian Aguilar había solicitado una pena de 15 años de prisión, mientras que el particular damnificado, que representa a la familia de Sandra Romero, había reclamado una condena de 20 años. La defensa, por su parte, había solicitado la absolución. El Tribunal en lo Criminal N°3 (integrado por jueces no especificados en los detalles provistos) optó por una pena alta, cercana al pedido fiscal, marcando la firmeza de la justicia ante la combinación de alta velocidad y consumo de drogas.
La Pena Más Alta y la Respuesta de la Justicia
Con 14 años de cárcel efectiva, la condena impuesta a Leguizamo se convierte en la pena más alta registrada en Bahía Blanca por un hecho de tránsito con resultado de muerte. Este fallo supera el precedente de 12 años dictado a Galo Ochoa, responsable de la muerte de Matías Streitenberger en 2018.
La dureza de la sentencia busca reflejar la gravedad institucional y social de una conducta que se percibe como desprecio por la vida ajena. La inhabilitación para conducir por 10 años que se suma a la pena de prisión subraya el mensaje de que quien demuestra tal desapego por las normas viales y la seguridad pública no puede tener acceso a un vehículo automotor. Leguizamo, quien llegó al juicio detenida en el penal de Sierra Chica, continuará bajo esa condición.
El fallo, notificado electrónicamente a las partes, es un hito jurisprudencial que atiende al clamor social de clasificar estos hechos como delitos dolosos y no como simples «accidentes», enviando un mensaje claro sobre la responsabilidad penal de quienes toman decisiones imprudentes y mortales al volante.

