Fallo judicial: Confirmaron el sobreseimiento de Santiago Caputo en la causa por presuntas amenazas a Facundo Manes

La Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional ratificó la inexistencia de delito en los cruces verbales ocurridos en el Congreso de la Nación durante la apertura de sesiones ordinarias de 2025. El tribunal de alzada desestimó la apelación presentada por el diputado radical y dispuso el cierre definitivo de las actuaciones.

La Sala II de la Cámara Nacional en lo Criminal y Correccional dictó una resolución clave que desestima las imputaciones contra el principal asesor de la Casa Rosada. El tribunal de alzada confirmó el sobreseimiento de Santiago Caputo en el marco de la investigación judicial penal iniciada por el diputado nacional de la Unión Cívica Radical (UCR), Facundo Manes, quien lo había denunciado por el presunto delito de amenazas coactivas tras un altercado acontecido en el palacio legislativo.

La resolución judicial convalida de manera unánime el criterio adoptado en primera instancia por el Juzgado Federal, bajo la conducción del magistrado Ariel Lijo, quien originalmente había dispuesto el archivo de las actuaciones al considerar que las conductas descritas por el legislador del bloque “Democracia para Siempre” no encuadraban en ninguna figura prevista por el Código Penal de la Nación.

Los pormenores del altercado en el Congreso

Los hechos sometidos a revisión jurídica se remontan a la jornada del 1° de marzo de 2025, durante el desarrollo de la asamblea legislativa convocada para la apertura de las sesiones ordinarias que encabezó el presidente Javier Milei. De acuerdo con la presentación efectuada por los apoderados legales de Manes, el conflicto se originó luego de que el referente radical interrumpiera a viva voz el discurso del jefe de Estado en reiteradas oportunidades.

Según el relato pormenorizado que constaba en el expediente, Caputo se aproximó al sector de bancas de manera intimidante, apoyó su mano sobre el rostro del neurocientífico y le profirió expresiones de advertencia tales como: “Vos, para hacer lo que hiciste, tenés que estar limpio” y “ya me vas a conocer a mí”. Asimismo, la denuncia sumaba que el consultor de la Casa Rosada continuó con las increpaciones desde los sectores de los balcones del recinto, desde donde le habría gritado: “¿No me escuchás? ¡Ya me vas a escuchar!”.

Ratificación de la inexistencia de delito

A pesar de la insistencia de Facundo Manes para ser tomado en calidad de querellante activo y forzar una pesquisa federal urgente sobre los movimientos del asesor presidencial, los camaristas determinaron de forma taxativa que las expresiones vertidas en el contexto de la acalorada jornada parlamentaria carecen de la entidad jurídica necesaria para configurar una coacción o una amenaza penalmente punible.

En consecuencia, el tribunal de apelaciones encuadró el cierre definitivo de los legajos bajo los términos de los artículos 213, inciso d, y 195, segundo párrafo, del Código Procesal Penal de la Nación, ordenando la devolución inmediata de la causa al juzgado de origen para su correspondiente archivo formal y dejando a Santiago Caputo libre de cualquier tipo de cargo penal por este episodio.