Importante advertencia de Arca, ex AFIP, sobre transferencias menores a $500.000
ARCA estableció nuevos topes para informar montos de transferencias con bancos y billeteras virtuales

La Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) incrementó los límites a partir de los cuales las entidades financieras y billeteras virtuales deben reportar transferencias, saldos y consumos de sus clientes. Los nuevos montos entraron en vigencia el 1° de enero de 2025, de acuerdo con la Resolución General 5512/2024 y la actualización semestral basada en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC). Conocé lo que nunca tenés hacer con transferencias entre cuentas propias.
¿Qué implican estos cambios de ARCA para los usuarios?
Según explicó ARCA, los usuarios no deben realizar trámites adicionales, ya que la obligación de informar recae exclusivamente en bancos, billeteras virtuales y plataformas financieras.
Los montos establecidos para el reporte obligatorio son los siguientes:
Desde $600.000
Total de consumos con tarjetas de débito en el país.
Ingresos o egresos en billeteras virtuales.
Desde $1.000.000
Acreditaciones bancarias registradas en el mes.
Depósitos a plazo fijo constituidos en el mes.
Extracciones en efectivo en el país o en el exterior, por cualquier medio (cajeros, ventanilla, entre otros).
Saldo final en cuentas bancarias al cierre del mes.
Saldo final en billeteras virtuales al cierre del mes.
Desde $2.000.000
Aplicable solo a billeteras virtuales, en caso de transferencias bancarias o virtuales superiores a dicho monto.
¿Qué pasa con transferencias de hasta $500.000?
Las operaciones menores a $600.000, como las transferencias de hasta $500.000, no serán informadas a ARCA, ya que se encuentran por debajo del umbral establecido.
Los usuarios que deseen conocer más detalles sobre estos cambios pueden consultar el sitio web oficial de ARCA o comunicarse con su entidad bancaria.

