El Gobierno fijó por decreto un salario mínimo de $398.800 que apenas cubre un cuarto de la canasta básica

En una nueva muestra de insensibilidad social y en el marco de la paralización del diálogo tripartito, el Poder Ejecutivo nacional oficializó el nuevo valor del Salario Mínimo, Vital y Móvil (SMVM). A través de la Resolución 4/2026, la administración central estableció que desde el 1° de noviembre el ingreso mínimo para los trabajadores de jornada completa será de $398.800 por mes, mientras que el valor hora para la modalidad de trabajadores jornalizados alcanzará los $1.994. La medida se tomó de forma unilateral por decreto, luego de que el Consejo del Salario —ámbito que reúne a las centrales sindicales, a las cámaras empresarias y al Estado— fracasara una vez más en la búsqueda de un acuerdo entre las partes.

Ante la falta de consenso, el Gobierno dispuso un esquema de incrementos escalonados a la baja que otorga un ajuste fijo de apenas $7.600 mensuales, equivalente a un exiguo 1,9% mensual. El cronograma trazado por la Casa Rosada fija un haber de $406.400 para el mes de diciembre, $414.200 en enero de 2027, $422.000 en febrero, $429.600 en marzo y un techo de $437.000 para abril del próximo año. Al ubicarse de forma sistemática por debajo de los índices de inflación proyectados y de los incrementos de la canasta básica, la pauta fijada por el Ejecutivo condena al salario mínimo a continuar perdiendo capacidad de compra durante todo el período estival.

Insuficiencia frente a la pobreza y la indigencia

El nuevo piso salarial fijado por el Gabinete económico contrasta dramáticamente con el costo real de vida informado por los propios organismos oficiales. Según las últimas publicaciones del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INDEC), una familia tipo integrada por dos adultos y dos niños necesitó en septiembre la cifra de $1.632.505 para no caer por debajo de la línea de la pobreza. De esta manera, el Salario Mínimo, Vital y Móvil decretado para el mes de noviembre equivale a tan solo un 24% del monto imprescindible para garantizar la subsistencia de un hogar.

Para que un grupo familiar de cuatro integrantes pueda evitar la pobreza valiéndose exclusivamente del salario mínimo, se requeriría el ingreso de cuatro sueldos completos al hogar. La situación es aún más grave si se mide la cobertura respecto de la Canasta Básica Alimentaria, la cual marca el umbral de la indigencia y se ubica actualmente en torno a los $730.000 para el mismo grupo familiar: un haber mínimo decretado por la Nación alcanza apenas para cubrir poco más de la mitad del alimento indispensable para no pasar hambre. Esta pauta viola flagrantemente el espíritu del artículo 116 de la Ley de Contrato de Trabajo, que define formalmente al salario mínimo como la menor remuneración que debe percibir en efectivo el trabajador para asegurarse «alimentación adecuada, vivienda digna, educación, vestuario, asistencia sanitaria, transporte y esparcimiento, vacaciones y previsión».

El impacto colateral en subsidios, embargos y el seguro de desempleo

Si bien la mayoría de los trabajadores registrados en relación de dependencia perciben salarios regulados por convenios colectivos de trabajo que se encuentran por encima del monto mínimo, la fijación a la baja del SMVM funciona como un ancla legal que pulveriza de forma indirecta diversos derechos y coberturas sociales. Cada vez que la pauta oficial se retrasa respecto del costo de vida, las prestaciones vinculadas a este indicador sufren una reducción directa en su poder de cobertura:

  • Seguro de desempleo: Para los trabajadores despedidos sin justa causa que contaban con aportes, la ley establece un beneficio equivalente al 75% del mejor haber del último semestre, pero impone un piso de medio salario mínimo y un techo equivalente a un salario mínimo entero. A partir de noviembre, la prestación por desempleo tendrá un límite máximo de apenas $398.800 y un piso de $199.400. De esta forma, sin importar que el trabajador haya tenido ingresos superiores al millón de pesos, el Estado nacional abonará como tope máximo esa cifra fijada por el mínimo, licuando el respaldo institucional ante la pérdida del puesto laboral.

  • Embargos judiciales por deudas: La normativa vigente establece que el sueldo de un trabajador es inembargable hasta el monto de un salario mínimo. Por encima de esa cifra, la Justicia puede ordenar retenciones de hasta un 10%. Al sostener un salario mínimo artificialmente devaluado, la porción del haber que queda expuesta a embargos se agranda. Por ejemplo, a un trabajador que percibe un ingreso neto de $800.000, con la nueva pauta se le podrán descontar hasta $40.120 mensuales, perjudicando su capacidad de pago ante juicios o compromisos financieros.

  • Topes de acceso a becas y programas sociales: Las becas Progresar fijan como requisito que los ingresos familiares no superen el equivalente a tres salarios mínimos, tope que se ubicará desde noviembre en $1.196.400. En el caso de los vouchers educativos, el límite de siete mínimos ascenderá a $2.791.600, mientras que el Programa Hogar para la compra de garrafas mantendrá un techo de dos mínimos ($797.600). Al subir por debajo de la inflación y de las paritarias, los topes se atrasan y provocan que miles de familias de bajos ingresos queden excluidas automáticamente de la asistencia estatal sin haber experimentado una mejora real en sus condiciones económicas.

  • Jornalizados no precarizados y sin convenio: En el segmento de los trabajadores que desempeñan tareas por hora sin la cobertura de un convenio colectivo, el mínimo actúa como remuneración directa: $1.994 por hora o $15.952 por una jornada laboral de ocho horas. Este universo abarca a una franja creciente de changarines y trabajadores a tiempo parcial que ven devaluada su fuerza de trabajo diaria.

Es preciso recordar que, a diferencia de las confusiones que suelen generarse habitualmente, este ajuste decretado para el SMVM no repercute en la actualización de las jubilaciones, las pensiones, la Asignación Universal por Hijo (AUH) ni las asignaciones familiares, dado que dichos haberes se rigen por su propia fórmula de movilidad ligada al índice de inflación.

Dos proyectos contrapuestos sobre el valor del trabajo

El achatamiento decretado por el presidente Javier Milei para el Salario Mínimo, Vital y Móvil confirma una política deliberada de transferencia de ingresos, licuación de las prestaciones sociales y precarización de la fuerza laboral. Al negar una recomposición real en las mesas de negociación y fijar por decreto sumas que no llegan a cubrir las necesidades biológicas básicas de las familias, la Casa Rosada utiliza el piso salarial como una herramienta de ajuste fiscal para recortar beneficios sociales y abaratar el costo del despido.

Esta visión de vaciamiento e insensibilidad frente al ingreso popular contrasta radicalmente con el modelo de desarrollo, justicia social y defensa de la producción que promueven los gobiernos abocados a resguardar los derechos de la comunidad: la gestión de la provincia de Buenos Aires que encabeza el gobernador Axel Kicillof y el municipio de Bahía Blanca conducido por el intendente Federico Susbielles. Frente al abandono decretado por el Gobierno central, Kicillof y Susbielles reafirman el compromiso irrenunciable con la paritaria libre, la protección del empleo registrado y el sostenimiento de un Estado presente que proteja el poder adquisitivo y la dignidad de cada familia bonaerense.