Proyecto de Ley Clave: Buscan Facilitar Acceso a Tratamientos Experimentales para Pacientes Terminales en Argentina
El diputado nacional Javier Sánchez Wrba (PRO) presentó un ambicioso proyecto de ley que propone la creación de un Régimen de Accesibilidad a Medicamentos y Tratamientos Experimentales para pacientes terminales. La iniciativa, inspirada en la normativa estadounidense «Derecho a Intentar» (Right to Try) , busca establecer un marco legal claro para aquellos que han agotado las opciones terapéuticas convencionales, garantizando la preeminencia de la voluntad del paciente y reduciendo la burocracia.
El proyecto, que retoma el espíritu de una propuesta impulsada previamente por el exsenador Esteban Bullrich , está destinado a pacientes mayores de 18 años con diagnósticos de enfermedades terminales o condiciones de salud gravemente limitantes, que presenten situaciones de eventualidad terapéutica como la ausencia de tratamientos convencionales en el país o intolerancia a los existentes. Se busca permitirles el acceso voluntario a terapias innovadoras que aún no han obtenido la aprobación plena de los organismos nacionales competentes, como la ANMAT.
El acceso a estos tratamientos estará condicionado a la evaluación y recomendación de un médico habilitado, y requerirá la firma de un consentimiento informado que detalle los eventuales riesgos y beneficios. Una vez cumplidos estos requisitos, el proyecto establece que «ninguna persona física o jurídica podrá oponerse a la decisión del paciente», asegurando así la autonomía individual en estas circunstancias críticas.
Javier Sánchez Wrba enfatizó que «este proyecto reconoce la preeminencia absoluta de la voluntad del paciente y su derecho a decidir sobre su propio cuerpo y su salud».
Puntos Clave del Proyecto de Ley:
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Elegibilidad de Tratamientos: Se permitirá el acceso a medicamentos, drogas o tratamientos que ya estén aprobados y autorizados por una autoridad sanitaria de otro país, o bien, si no cuentan con dicha autorización, que exista evidencia científica de su potencial efectividad y que hayan superado al menos la Fase 1 de investigación en un ensayo clínico controlado.
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Financiamiento y Cobertura: El acceso a estos tratamientos será de «exclusiva responsabilidad y cargo de quienes los requieran». No implicará exigibilidad de cobertura, financiamiento o reintegro por parte del Estado nacional, provincial o municipal, obras sociales o entidades de medicina prepaga, salvo acuerdo expreso. Además, no serán incorporados al Programa Médico Obligatorio (PMO) ni a ningún nomenclador de prestaciones.
- Exenciones Impositivas: Para facilitar su ingreso al país, los medicamentos y tratamientos objeto de esta ley quedarán eximidos del pago de derechos de importación, IVA, y todo otro impuesto, gravamen o arancel aduanero o portuario.
- Rol de ANMAT: La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) tendrá la función de recopilar y analizar los resultados clínicos obtenidos en los pacientes regidos por esta ley. Esta información se utilizará para evaluar la aceleración de los procesos de aprobación en el país y para informar a futuros pacientes, siempre bajo los principios de protección de datos personales.
- Responsabilidad y Objeción de Conciencia: El desarrollador o fabricante de la droga, los médicos intervinientes y demás agentes privados o públicos involucrados estarán eximidos de cualquier tipo de responsabilidad por los daños causados, dada la naturaleza experimental de los tratamientos. Asimismo, se garantiza el derecho a la objeción de conciencia para quienes opten por no intervenir en la aplicación de las disposiciones de esta ley.
- Prohibición de Comercialización: Se prohíbe expresamente la comercialización o promoción de los medicamentos o tratamientos ingresados al país a través de este régimen de excepción.
Sánchez Wrba explicó que «el régimen no pretende reemplazar el sistema de aprobación sanitaria vigente, sino cubrir un vacío normativo que afecta a pacientes sin opciones terapéuticas, permitiéndoles acceder a tratamientos bajo un marco controlado, sin necesidad de tener que viajar a otros países, evitando los costos y dificultades que implica el traslado al exterior».
La iniciativa, que fue acompañada por la firma del presidente y un significativo número de legisladores del bloque del PRO , posiciona a Argentina en un escenario global que reconoce la importancia de ofrecer alternativas a pacientes en situaciones críticas, respetando ante todo el derecho individual a decidir sobre su propia vida y salud.

